Comunidades de Propietarios
Te contámos todo sobre las bajadas a cota cero
Bajadas a cota cero ¿Qué son? Puede que alguna vez te hayas hecho esta pregunta y en este artículo queremos ayudarte a comprender un poco más sobre este tema.
Actualmente, todavía existen muchos edificios, viviendas o empresas que tienen barreras arquitectónicas que perjudican la vida de muchas personas, sobre todo a quienes padecen algún tipo de minusvalía física.
Bajar un ascensor a cota cero significa eliminar los escalones que existen en la entrada del edificio donde el ascensor no puede llegar.
En muchas comunidades de propietarios tienen el problema de que el ascensor no llega a cota cero para facilitar el acceso a personas mayores o con discapacidades físicas.
Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), si la mayoría de los propietarios votan a favor de que realice la obra de reforma para las bajadas a cota cero de los ascensores, la obra se llevará a cabo.
También se pueden dar casos especiales como que la petición de las bajadas a cota cero la realicen personas mayores de 70 años o que tengan algún tipo de minusvalía. En este caso, la ley establece que las comunidades están obligadas a realizarlas.
Según sentencia del Tribunal Supremo de 21 de junio de 2018, tanto la instalación de un nuevo ascensor como la ampliación de su trayectoria a cota cero es exigible y necesaria con el objeto de garantizar la habitabilidad del edificio. Esta sentencia equipara la obra de instalación de los ascensores a la bajada a cota cero por lo que no es interpretable como una obra de mejora.
Las bajadas a cota cero de ascensores son de carácter obligatorio y no requieren acuerdo de los propietarios de la comunidad cuando estas obras resulten necesarias para que el acceso universal esté garantizado y lo soliciten los propietarios que tengan discapacidad o sean mayores de 70 años.
Pero hay unas especificaciones concretas en cuanto al reparto de gastos por la realización de estas obras y es que, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas que reciba la comunidad de propietarios, si el importe anual repercutido a cada propietario supera 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes, el exceso deberá abonarlo el propietario o los propietarios que hayan solicitado la bajada a cota cero del ascensor.
En principio, la empresa de instalación de ascensores que se vaya a hacer cargo de la bajada a cota cero del ascensor, presentaría un presupuesto con el pago fraccionado por años. La ventaja que tiene este tipo de obras es que las derramas no se pagarían de una sola vez, sino que se iría
fraccionando anualmente de la forma que se apruebe y si este fraccionamiento no supone un importe superior a las 12 mensualidades antes comentadas, la obra de reforma sería obligatoria.
En el caso de que la petición de bajadas a cota cero venga por parte de personas menores de 70 años o sin discapacidad, esta obra será aprobada por quorum de la doble mayoría de propietarios que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación.
Uno de los debates que siempre ha estado presente en las obras por instalaciones de ascensores o por bajadas a cota cero, es si los locales de los edificios tienen que pagar las derramas por estas obras. Los propietarios de los locales argumentan que no hacen uso de este servicio y los propietarios del resto de la comunidad argumentan que las derramas se hacen proporcionalmente a la cuota de participación en la división horizontal.
Pues bien, la sentencia del Tribunal Supremo 216/2019 de 5 de abril, confirma lo que es la línea jurisprudencial estable del Tribunal Supremo y la complementa. Según esta sentencia, el Tribunal Supremo considera que las bajadas a cota cero de los ascensores equivale a la instalación de un nuevo ascensor, por lo que los propietarios de los locales han de contribuir al gasto.
En Elecnor somos especialistas en reformas integrales de edificios con experiencia de más de 60 años. Uno de los servicios que prestamos son las bajadas a cota cero de ascensores y para ello contamos con el mejor equipo de técnicos especializados y con la última tecnología existente en el mercado para estos trabajos.
Contacta con nosotros y solicita presupuesto bajar ascensor a cota cero. Haremos el estudio de la situación del edificio y las posibilidades reales para llevar a cabo la obra con la máxima garantía. Además, tramitamos las subvenciones y ayudas de cada comunidad autónoma para este tipo de obras evitando a los propietarios las innumerables gestiones burocráticas que esto implica.
Nuestro teléfono de contacto es el 900 103 291. Estamos siempre disponibles para aclarar cualquier duda que pueda surgirte.