Comunidades de Propietarios
Las piscinas comunitarias son un atractivo y un valor añadido a una vivienda…
Las piscinas comunitarias son un atractivo y un valor añadido a una vivienda, es por esto cada vez más comunidades de vecinos disponen y disfrutan de ellas. Cuando empiezan a subir las temperaturas, se abre la temporada de playas y piscinas, por ello hay que tener bien claro cuáles son las normas de una piscina comunitaria y cómo gestionarlas. En este texto solucionaremos algunas de las dudas más comunes.
Es muy importante aclarar que, ante todo, que la normativa piscinas comunitarias deberá cumplir con la regulación que establezca cada Comunidad Autónoma.
No hay un criterio común que indique si son consideradas piscinas públicas o privadas en cuanto a reglamento, por lo que es cada Comunidad Autónoma quien dispone su propia normativa e incluso los ayuntamientos deciden al respecto.
Hay algunas Comunidades Autónomas como Murcia, Castilla y León, Baleares o Cataluña que no las considera piscinas públicas y las excluyen de las leyes para este tipo de piscinas. Sin embargo, en otras CC.AA el criterio que tienen en cuenta para catalogarlas como piscinas comunitarias es el número de viviendas que tiene la comunidad de vecinos. Por ejemplo, en Galicia, Andalucía, Cantabria, País Vasco y Navarra, deberán cumplir con la normativa de piscinas públicas aquellas comunidades de vecinos con más de 20 viviendas, en Madrid deberán superar las 30 viviendas y en la Comunidad Valenciana el aforo no puede ser inferior a 100 personas para que sean consideradas públicas.
En cualquier caso, hay una serie de normas que se han de cumplir obligatoriamente, independientemente de la Comunidad Autónoma en la que esté la piscina comunitaria, y es en cuestión de seguridad, higiene y mantenimiento de las instalaciones. Además, la Comunidad de propietarios o el Administrador de fincas son los responsables de velar por que estas normas se cumplan. Veamos algunas obligaciones que han de cumplirse en las piscinas comunitarias:
• La limpieza y depurado de las aguas han de estar a cargo de personal especializado
• Debería establecerse una normativa interna que regule las condiciones de uso de las piscinas comunitarias, horarios y el aforo máximo permitido. Esta normativa ha de estar colocada en un lugar visible para todos los vecinos, preferiblemente en la entrada de la piscina.
• En cuanto a las instalaciones hay que tener en cuenta varios requisitos;
-La Altura de la piscina: No puede superar los 3 metros y, en el caso de la piscina
-El perímetro de las piscinas comunitaria: Ha de tener al menos 2 metros alrededor de la piscina y estar construido con material antideslizante.
-Las duchas: Se deben instalar al menos dos y su uso será obligatorio antes de entrar al agua de la piscina.
–Aseos y vestuarios: Sólo serán obligatorios en el caso de que la piscina comunitaria esté regulada por las normas de uso público
– Es importante que el calzado sea el adecuado para ese tipo de instalaciones.
Finalmente hay que dejar muy claro que la conservación de las instalaciones y su mantenimiento es obligación de la comunidad y todos los propietarios que deben contribuir con el pago, tanto si usan la piscina cómo si no (salvo que en los Estatutos se indique otra cosa).
En primer lugar, hay que saber si la C.A lo exige, pero en cualquier caso es recomendable que durante todo el horario de uso de la piscina se cuente con un socorrista. Hay que tener en cuenta cuales son las dimensiones de la piscina comunitaria para determinar el número de socorristas que son necesarios. Como dato en una piscina de 200 a 500 m2, se requiere, como mínimo, un socorrista.
Otro tema que genera muchas dudas entre los vecinos de las comunidades con piscinas comunitarias es: ¿quién se hace responsable de posibles accidentes? Pues bien, en este caso la Ley Propiedad Horizontal piscinas comunitarias no obliga a que las comunidades contraten un seguro de responsabilidad civil, pero qué duda cabe de que es muy aconsejable ya que en el caso de que no exista seguro dependerá de las circunstancias o causas del accidente lo que determine a quien corresponda asumir esa responsabilidad civil.
Por ejemplo, si el accidente ha sido debido a faltas de seguridad, la comunidad de vecinos tendrá que asumir esa responsabilidad y en su caso la indemnización, pero si ha sido por el mal uso o la imprudencia del usuario, éste será el responsable de todo.
Éste es sin duda uno de los temas que genera más inquietudes e, incluso, enfrentamientos.
Los vecinos, mediante acuerdos en las juntas de vecinos o a través de los Estatutos, son los que deben plasmar los detalles y protocolos respecto al uso de la piscina para personas ajenas a la comunidad. Es importante tener en cuenta que estos invitados han de respetar las normas de uso y que, en caso de que alguno de ellos causara algún desperfecto, la comunidad podría pedir responsabilidades al propietario que lo haya invitado.
Finalmente queremos añadir que disfrutar de una piscina comunitaria es posible respetando el entorno y al resto de vecinos. ¡Disfruten de sus baños en comunidad!
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