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Subvenciones Segundo Dividendo Digital

Informate sobre las subvenciones del Segundo Dividendo Digital

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El segundo dividendo digital ya está aplicándose en algunas áreas geográficas del territorio español y para ayudar a los ciudadanos a afrontar los gastos que esto supone el Gobierno aprobó mediante decreto conceder subvenciones segundo dividendo digital por valor de hasta 145 millones de euros.

 

AYUDAS SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL: QUIÉN LAS SOLICITA

 

El proceso de activación del segundo dividendo digital se inició en el mes de julio de 2019 de forma escalonada y progresiva en diferentes áreas geográficas de España. Este segundo dividendo digital va a provocar que algunos canales de la televisión digital terrestre o TDT cambien de frecuencia y se emitan en otra. Es decir no se pierden canales simplemente cambian de frecuencia.

 

Estos cambios de frecuencias se hacen para liberar la banda de 700 MHz que va a ser usada por redes de conectividad 5G. Para que las comunidades de propietarios puedan seguir disfrutando de los canales como hasta ahora, va a ser necesario adaptar los sistemas de recepción de la señal televisiva. En el caso de viviendas individuales solamente será necesario resintonizar los canales.

 

Esta adaptación debe hacerla una empresa instaladora de comunicaciones que esté registrada en la base de datos de la Secretaría de Estado para el Avance Digital. Asimismo, esta empresa instaladora será la que esté autorizada para solicitar, en nombre de la comunidad de vecinos, las ayudas segundo dividendo digital que están aprobadas para estos casos.

 

SUBVENCIONES SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL Y PLAZOS DE SOLICITUD

 

Con el objetivo de minimizar el impacto sobre los ciudadanos de la llegada del segundo dividendo digital, el 21 de junio de 2019 el Consejo de Ministros aprobó mediante Real Decreto la concesión directa de subvenciones por importe de 145 millones de euros que serán gestionadas por la empresa pública Red.es, la cual será la responsable de admitir las solicitudes, estudiarlas y aprobar la concesión de las ayudas segundo dividendo digital.

 

El pasado día 26 de septiembre se abrió el plazo para que las comunidades de vecinos que tengan que asumir un coste derivado del segundo dividendo digital puedan reclamar la subvención segundo dividendo digital que le corresponda.

 

La convocatoria de ayudas segundo dividendo digital se publicó el día 25 de septiembre del año pasado y el plazo de recepción de solicitudes se abrió el día siguiente. Las subvenciones segundo dividendo digital oscilan entre 104,30 € y 677,95 € por edificación. El importe de la adaptación dependerá de la infraestructura de recepción de la señal TDT y será imprescindible haberla realizado antes de solicitar la ayuda.

 

Estos son los costes unitarios que se establecen como cuantía máxima de la subvención incluyendo los impuestos directos:

 

  • Si la infraestructura de recepción de televisión no requiere de la instalación de equipamiento adicional y siendo indiferente el número de múltiples digitales: 104,3€.
  • Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €.
  • Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para dos múltiples digitales: 260,75 €.
  • Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para tres múltiples digitales: 365,05 €.
  • Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para cuatro múltiples digitales: 469,35 €.
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  • Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para cinco múltiples digitales: 573,65 €.
  • Si la infraestructura de recepción de televisión requiere de la instalación de equipamiento adicional para seis múltiples digitales: 677,95 €.

 

CONDICIONES PARA RECIBIR SUBVENCIONES SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL

 

  • Deberán ser trabajos de reajuste de centralitas programables e instalación de módulos amplificadores monocanal y en ambos casos para canales afectados por la liberación de banda 700MHz
  • El trabajo de adaptación estará realizado por técnicos autorizados ICT tipo A o F
  • Trabajos realizados en zonas afectadas por movimientos de frecuencias derivadas de la liberación de banda 700 MHz.
  • La subvención la recibirá el propietario de la instalación. Será única y abarcará todas la cabeceras.
  • El propietario presentará, a través de su representante, boletín de instalación, factura del servicio y certificado de titularidad de cuenta bancaria del propietario.

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LAS SUBVENCIONES SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL

 

Las solicitudes de subvenciones segundo dividendo digital solamente se podrán presentar por vía telemática a través del Servicio del Ministerio de Economía y Empresa. Se cumplimentará el formulario electrónico habilitado a tal efecto y se aportará la factura de la empresa instaladora, certificado de titularidad de cuenta bancaria y el boletín de instalación en formato electrónico.

 

La subvención se dirigirá al Director General de Red.es y podrá presentarla en nombre de la comunidad de propietarios o bien su administrador de fincas o bien la empresa instaladora de telecomunicación que haya realizado la instalación de los equipos necesarios para el segundo dividendo digital.